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El Consejo del INGALA a través de su Comité de Calificación y Control de Residencia, implementa la Tarjeta de Control de Transito (TCT) en los aeropuertos de Quito, Guayaquil, Isabela, San Cristóbal y Baltra, documento indispensable para toda persona que visite las Islas con categoría de Turista o Transeúnte.
La TCT es parte del sistema de control de tránsito de turistas y transeúntes a las islas que se ampara principalmente en el artículo 31 de la Ley Especial para la Conservación y el Desarrollo Sustentable de la Provincia de Galápagos y el artículo 71 de su reglamento General de Aplicación.
ANTECEDENTES LEGALES:
El artículo 238 de la Constitución Política de la República del Ecuador, establece que, “Existirán regímenes especiales de administración territorial por consideraciones demográficas y ambientales. Para la protección de las áreas sujetas a régimen especial, podrán limitarse dentro de ellas los derechos de migración interna, trabajo o cualquier otra actividad que pueda afectar el medio ambiente. La ley normará cada régimen especial”.
El artículo 24 de la Ley Orgánica de Régimen Especial para la Conservación y Desarrollo Sustentable de la provincia de Galápagos determina.” Toda persona que ingrese o permanezca en la provincia de Galápagos deberá legalizar su situación migratoria de conformidad con esta Ley, su Reglamento General de Aplicación y el Reglamento especial de la materia.”
“El control de la Residencia, lo ejercerá el Comité de Calificación y Control de Residencia del Consejo del INGALA, de conformidad a la presente ley y su reglamento”.
El artículo 81 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Régimen Especial para la Conservación y Desarrollo Sustentable de la provincia de Galápagos determina que “toda persona que permanezca irregularmente en la provincia de Galápagos o fuera de una de las categorías de residencia establecidas en este reglamento y no la abandone voluntariamente en quince días desde el aparecimiento de la causa de su irregularidad, será expulsado del territorio insular con la intervención de la fuerza pública y deberá cancelar a la Secretaria Técnica, una multa entre dos a veinte salarios mínimos vitales, valores que serán utilizados para el financiamiento de las actividades de control de residencia en la Región Insular. La multa será impuesta por el Comité de Calificación y Control de Residencia mediante resolución debidamente motivada”.
“Toda institución pública o privada y toda persona natural tienen la obligación de colaborar en las actividades de control de residencia de la región insular”.
Categorías, actividades permitidas y requisitos para los visitantes a las Islas Galápagos
Según el Reglamento General de aplicación de la Ley Orgánica de Régimen Especial para la Conservación y Desarrollo Sustentable de la provincia de Galápagos
Art. 29.- TURISTAS Y TRANSEUNTES
ž En aplicación del artículo 34 de la Ley Especial de Desarrollo Turístico, para efectos de esta Ley, turistas son los visitantes del Patrimonio de áreas Protegidas y de las zonas pobladas de la provincia de Galápagos.
Art. 30.- ACTIVIDADES DE LOS TURISTAS Y TRANSEUNTES
ž Las personas que viajen en calidad de turistas o se encuentren de tránsito en la provincia de Galápagos no podrán ejercer ninguna actividad lucrativa y solo podrán permanecer un plazo máximo de 90 días en el año en el territorio provincial, renovable excepcionalmente por una sola vez, de conformidad con las disposiciones que para este efecto se establecerán en el Reglamento.
Art. 31.- REQUISITOS PARA LOS TURISTAS Y TRANSEUNTES
Las personas naturales que viajen en calidad de turistas o transeúntes a la provincia de Galápagos deberán:
1. Obtener la Tarjeta de Control Tránsito emitida por el INGALA, que será distribuida a través de las oficinas de turismo, agencias de viajes, despacho de las líneas aéreas u otras oficinas de transporte de pasajeros; y,
2. Obtener pasaje aéreo o marítimo nacional, personal e intransferible, de ida y regreso entre el continente y las Islas.
El Turista o Transeúnte que viaje a Galápagos debe realizar en los aeropuertos de Quito y Guayaquil:
- ž El Registro de sus datos lo puede hacer en el sitio web del INGALA que a su vez le generará la impresión de un formulario indispensable para su ingreso a Galápagos
- ž Puede registrar sus datos también con su agencia de viajes preferida o en el counter del INGALA y llenar el formulario de registro.
- Obtener así la autorización para su ingreso a la Provincia de Galápagos
- ž Revisar su Equipaje en SESA_SICGAL
- ž Obtener el pase a Bordo
- ž Ingresar a pre embarqué
Obtención de Autorización
El Oficial de INGALA con la colaboración de un oficial de Migración de la Policía Nacional verificará los datos del turista en la Base de Datos de ciudadanos irregulares de la Provincia de Galápagos si no existe alguna irregularidad se entregará una autorización de ingreso a la Provincia
AL LLEGAR EL TURISTA A LOS AEROPUERTOS DE CRISTOBAL, BALTRA E ISABELA EL TURISTA REALIZARA:
- ž Entrega de Autorización y registro del código del Formulario
- ž Entrega del Formulario al PNG
- ž Revisión de Equipaje en SESA_SICGAL (si no ha sido revisado en Quito o Guayaquil)
CUANDO EL TURISTA SALE DE LA PROVINCIA DE GALAPAGOS DEBE REALIZAR:
- ž Registro de salida del turista
- ž Presentar la Tarjeta de Control de Transito (TCT)
- ž Presentar formulario desprendible
- ž Se le registra la identificación (código de barras )
En los últimos años el flujo migratorio a Galápagos se ha constituido en uno de los principales problemas que atenta contra la fragilidad de este ecosistema único en el mundo. Ud. Puede ayudarnos a controlar la migración a Galápagos, cumpliendo con los requisitos que exige la Ley para ingresar a las islas.
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